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Abuela Kueka
Acuerdo unánime sobre la piedra Kueka
Asamblea Nacional de Venezuela
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COMO VOCERA DEL PUEBLO SOBERANO
ACUERDO SOBRE LA REPATRIACIÓN DE LA PIEDRA KUEKA ELEMENTO SAGRADO DEL PUEBLO PEMON
Atendiendo el reclamo del Pueblo Pemón del regreso de su abuela Kueka, extraída forzosa e ilegalmente en 1998 mediante un procedimiento ilícito, por un ciudadano de origen alemán para satisfacer un proyecto personal y con evidente violación de las leyes y creencias de este Pueblo Pemón.
CONSIDERANDO
Que Kueka es el nombre de la abuela que para las y los Pemón es una mujer llena de sabiduría que orienta a su pueblo en todo lo relacionado con el presente, el pasado y el futuro. Lo cual significa un bien preciado y de incalculable valor para la cultura de este pueblo.
CONSIDERANDO
Que, Desde que la piedra Kueka Abuela fue secuestrada, el pueblo Pemón reclama su regreso, por considerar que al estar lejos de su hogar, la naturaleza se comporta diferente, generado desequilibrio por la alteración en sus componentes.
CONSIDERANDO
Que Abuela Kueka estaba en Canaima, territorio declarado Parque Nacional desde 1962, por sus paisajes, su biodiversidad y la rica cultura proveniente de su población originaria. Convirtiendo este espacio geográfico además en un Área Bajo Régimen de Administración Especial (ABRAE) lo que hace que el proceso de extracción de este bien se convierta en una flagrante violación del orden legal establecido.
CONSIDERANDO
Que Kueka Abuela es un bien incautado del parque nacional Canaima, declarado Patrimonio Natural de la Humanidad desde 1994, por ser éste una reserva natural única con las formaciones geológicas más antiguas del mundo. Convirtiendo el hecho de extracción de la Piedra Kueka en un delito patrimonial y ambiental.
CONSIDERANDO
Que, la Kueka Abuela es un Bien de interés cultural debido a su valor simbólico como elemento sagrado dentro de la cosmogonía Pemón, riqueza ancestral de nuestros pueblos.
CONSIDERANDO
Que, esta acción de extracción evidencia el signo colonizador del extractor al desconocer el carácter sagrado que para el Pueblo Pemón posee la Kueka Abuela y todos los elementos que conforman su espacio vital. Desconociendo además su cosmovisión como pueblo, evidenciando rasgos de racismo y discriminación.
ACUERDA
Primero. Apoyar al Pueblo Pemón en su justa lucha por la repatriación de la Kueka Abuela y su devolución al sitio de origen en Santa Cruz de Mapaurí, Parque Nacional Canaima, Estado Bolívar.
Segundo. Exhortar al Ejecutivo Nacional, a través del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Exteriores, a que realice las gestiones pertinentes ante el Gobierno Alemán para la repatriación de este Bien Patrimonial.
Tercero. Exhortar al Ejecutivo Nacional a abrir una investigación sobre los hechos y personajes que permitieron el proceso de extracción de este Bien Patrimonial.
Cuarto. Designar una comisión de Diputados y Diputadas que hagan entrega de este Acuerdo al Pueblo Pemón.
Quinto. Publicar el presente Acuerdo.
Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional, en Caracas, a los ocho días del mes de mayo de dos mil doce. Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
DIOSDADO CABELLO RONDÓN ARISTÓBULO ISTÚRIZ ALMEIDA
Presidente de la Asamblea Nacional Primer Vicepresidente
BLANCA EEKHOUT GÓMEZ
Segunda Vicepresidenta
IVÁN ZERPA GUERRERO VÍCTOR CLARK BOSCÁN
Secretario Subsecretario

